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HomeMy WebLinkAboutOrdinances - No. 1949 (Spanish) ERORDENANZA NO. 1949 UNA ORDENANZA DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LODI, INSTITUYENDO E IMPLEMENTANDO LAS ELECCIONES POR-DISTRITO Y MODIFICANDO LA SECCI6N 1.12 DEL C6DIGO MUNICIPAL DE ELECCIONES PARA ESTIPULAR A LA VOTACI(N DEL CONSEJO MUNICIPAL POR DISTRITOS CONSIDERANDO QUE, la Ciudad de Lodi apoya la participacion completa de todos sus ciudadanos en Ia eleccion de los miembros del Consejo Municipal; y CONSIDERANDO QUE, la Ciudad de Lodi actualmente elige a sus cinco (5) miembros del Consejo Municipal utilizando un sistema de eleccion general, en lo cual los candidatos pueden ser residentes de cualquier parte de la Ciudad y cada miembro del Consejo Municipal es elegido por los votantes de todo el Municipio; y CONSIDERANDO QUE, el Articulo 34886 del Codigo Gubernamental de California le permite a Ia Ciudad cambiar su metodo de elecciones por ordenanza a un sistema por-distrito, en el cual cada miembro del Consejo Municipal es elegido unicamente por los votantes del distrito en que cada candidato vive, conforme al Articulo 34871(c) del Codigo Gubernamental de California; y CONSIDERANDO QUE, de acuerdo a las disposiciones del Articulo 10010 del Codigo Electoral de California, una Ciudad que se cambia del metodo de elecciones generales para la votacion del Consejo Municipal a un sistema de elecciones en base a distritos para el Consejo Municipal, requiere un total de cinco audiencias publicas, cuales incluyen al menos dos audiencias publicas pertinente a las demarcaciones de los distritos electorales antes de Ia publicacion y consideracion de cualquier boceto de mapas de los distritos electorales, y dos audiencias publicas subsecuente a la publicacion del boceto del/los mapa(s) de los distritos electorales CONSIDERANDO QUE, en Ia junta regular del Consejo Municipal que se efectuo el 12 de Diciembre de 2017, el Consejo Municipal adopto Ia Resolucion No. 2017-223 Ia cual inicio el proceso para establecer un sistema de elecciones por-distrito, y adopto Ia cronologia para la implementacion; y CONSIDERANDO QUE, a partir de entonces, en las juntas regulares que efectuo el Consejo Municipal el 20 de Diciembre de 2017 y el 17 de Enero de 2018, de acuerdo al Articulo 10010(a)(1) del Codigo Electoral de California, el Consejo Municipal cerebro audiencias publicas donde el publico fue invitado a aportar opiniones referente a la composicion de los Distritos Electorales de la Ciudad antes de, que cualquier mapa fuese disefiado, y el Consejo Municipal dialogo y considero lo mismo; y CONSIDERANDO QUE, en la junta regular del Consejo Municipal que se efectuo el 20 de Diciembre de 2017, el Consejo Municipal adopto la Resolucion No. 2017-232 exponiendo el parametro obligatorio y permisivo que se debe considerar cuando se diserien los mapas de los distritos electorales; y CONSIDERANDO QUE, a partir de entonces, en las juntas regulares y especiales del 31 de Enero de 2018 y el 7 de Febrero de 2018, que celebro el Consejo Municipal, respectivamente, conforme al Articulo 10010(a)(2) del Codigo Electoral de California, el Consejo Municipal Ilevo a cabo audiencias publicas, a las cuales el publico fue invitado a proporcionar opiniones refe,..nte al contenido de los bocetos de lo,. ,napas que fueron emitidos por lo menos siete (7) dias antes de cada junta, al igual que la secuencia sugerida de las elecciones, y el Consejo Municipal dialogo y considero lo mismo; y CONSIDERANDO QUE, en la junta especial del Consejo Municipal de la Ciudad de Lodi que se efectuo el 13 de Febrero de 2018, el Consejo Municipal instruyo al personal que redactara una ordenanza adoptando el mapa del distrito electoral conocido como Mapa 119d y una sucesion de las elecciones, a traves de los cuales, los puestos de los Distritos Concejales D1, D2, y D3 seran colocados en la boleta electoral del 2018 y los puestos de los Distritos Concejales D4, D5 en la boleta electoral del 2020; y CONSIDERANDO QUE, en la junta regular que efectuo el Consejo Municipal el 21 de Febrero de 2018, el Consejo Municipal cerebra su ultima audiencia publica sobre la iniciativa para establecer las demarcaciones de los distritos, analizo opiniones adicionales del publico, formalmente selecciono el mapa del distrito electoral y la sucesion de la eleccion adherida a, incorporada en, y expuesta en esta Ordenanza, Ia cual fue presentada para la primer lectura durante la junta regular del Consejo Municipal; y CONSIDERANDO QUE, en la junta regular del Consejo Municipal que se Ilevara a cabo el 7 de Marzo de 2018, el Consejo Municipal realizara una segunda lectura para adoptar esta Ordenanza; y CONSIDERANDO QUE, el proposito de esta Ordenanza es para decretar, conforme al Articulo 34886 del Codigo Gubernamental de California, una ordenanza que prevea la eleccion de los miembros del Consejo Municipal de la Ciudad de Lodi, por distrito en los cinco distritos uninominales, tal como se refleja en el Documento de Prueba A de esta Ordenanza, en cumplimiento con los propositos de la Ley de Derecho al Voto de California de 2001(Capitulo 1.5 (iniciando con la Seccion 14025) de la Division 14 del Codigo Electoral) y para implementar las garantias de Ia Seccion 7 del Articulo 1 y la Seccion del Articulo II de la Constitucion de California AHORA, POR LO TANTO EL CONSEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LODI DECRETA LO SIGUIENTE: Epigrafe 1. Las afirmaciones antecedentes son correctas y veridicas. Eoigrafe 2. Por el presente la Ciudad de Lodi es dividida en cinco (5) Distritos Electorales y las demarcaciones de los distritos se representan mas particularmente en el Documento de Prueba A, el cual esta anexo al presente e integrado mediante esta referencia. Epigrafe 3. Capitulo 1.12 del Codigo Municipal de Lodi por el presente se enmienda, mediante la incorporacion de las nuevas Secciones 1.12.040, 1.12.050, 1.12.060, y 1.12.070 con la siguiente redaccion: 1.12.040 Sistema Electoral Por-Distritos. De acuerdo al Articulo 34886 del Codigo Electoral de California y Ia clausula establecida en la Seccion 1.12.060 de este Capitulo, iniciando en Noviembre de 2018, los miembros del Consejo Municipal seran elegidos en cada Distrito, de los cinco (5) Distritos Concejales uninominales. El sistema electoral por-distrito de la Ciudad se realizara de acuerdo al Articulo 34871(c) del Codigo Gubernamental de California. 2 1.12.050 Institucioi. J e los Distritos Electorales de la Ci�.wad. A. Conforme a la Seccion 1.12.040 de este Capitulo, los miembros del Consejo Municipal deberan ser elegidos de acuerdo a cada Distrito, en virtud de la definicion de ese termino en el Articulo 34871(c) del Codigo Gubernamental de California, de los cinco Distritos Concejales como se establecera y modificara ocasionalmente por la ordenanza y han sido numericamente nombrados como Distrito 1, Distrito 2, Distrito 3, Distrito 4 y Distrito 5. B. Los miembros del Consejo Municipal deberan ser elegidos en los distritos electorales instituidos por este Articulo y posteriormente redistribuidos conforme a ley federal y estatal correspondiente. C. Salvo a lo provisto en la subdivision D aqui dentro y sin perjuicio a cualquier otra clausula de este Capitulo, una vez que esta Ordenanza sea introducida plenamente, el miembro del Consejo Municipal electo o (en caso de que el Consejo Municipal cubra una vacante) denominado para representar a un distrito debe residir en ese distrito y debe ser un votante empadronado en ese distrito, y cualquier candidato para el Consejo Municipal debe vivir en, y ser un votante empadronado en el distrito en el cual el o ella aspira a ser elegido(a) en el momento en que se expidan los documentos de nominacion, conforme al Articulo 34882 del Codigo Gubernamental de California y al Articulo 10227 del Codigo Electoral. A Ia cesacion de residencia en un distrito de un miembro del Consejo Municipal, debera generarse inmediatamente una vacante para ese distrito Concejal a menos que un domicilio reemplazante se establezca dentro de treinta (30) dias posterior a Ia termination de residencia. D. Sin prejuicio a cualquier otra clausula en este Capitulo, y de acuerdo con los requisitos del Articulo 36512 del Codigo Electoral de California, los miembros del Consejo Municipal en funciones en el momento que entre en vigor la Ordenanza codificada en este Capitulo deben continuar en el ejercicio de sus funciones hasta el vencimiento de su mandato para el cual el o ella fue elegido(a) y, hasta que su sucesor sea cualificado. A la conclusion del plazo de cada miembro del Consejo Municipal, ese miembro sucesor del Consejo Municipal se elegira de acuerdo a cada distrito, dentro de los distritos establecidos en este Capitulo y a lo provisto en el Articulo 1.12.060 de este Capitulo. 1.12.060 Programacion para las Elecciones. Salvo, que a menos lo exija el Articulo 36512 del Codigo Gubernamental de California, para las Elecciones Generales Municipales iniciando en Noviembre 2018, los miembros del Consejo Municipal se elegiran de los Distritos Concejales D1, D2 y D3 y cada cuatro anos a partir de alli, como tal los Distritos Concejales pueden ser enmendados de vez en cuando segun la Ordenanza del Consejo Municipal. Los miembros del Consejo Municipal se elegiran de los Distritos Concejales D4 y D5 iniciando las Elecciones Generales Municipales en Noviembre 2020 y cada cuatro arms a partir de alli, como tal, los Distritos Concejales pueden ser enmendados ocasionalmente segun la Ordenanza del Consejo Municipal 1.12.070 Maria de los Distritos Concejales. La actuaria Municipal mantendra un mapa de la ciudad que muestre las demarcaciones actuales y los numeros de cada distrito concejal del municipio sea como fuere establecido y enmendado ocasionalmente segun Ia ordenanza del Consejo Municipal 3 Epigrafe 4. Si fuese necesario para facilitar la implementacion de esta Ordenanza, el Secretario Municipal esta autorizado a hacer ajustes tecnicos a las demarcaciones de los distritos los cuales no afectaran substancialmente la population de los distritos, la elegibilidad de los candidatos o la residencia de los funcionarios ya elegidos dentro de cualquier distrito. El Secretario Municipal consultara con el Administrador del Municipio y el Fiscal Municipal pertinente a cualquier ajuste tecnico que se considere necesario y asesorara al Consejo Municipal de cualquier ajuste que se requiera para la implementacion de los distritos. Epigrafe 5. Separabilidad. Si en cualquier seccion, subseccion, subdivision, parrafo, oracion, clausula o frase de esta Ordenanza o cualquier otra parte de la misma, por cualquier motivo se cree que es anticonstitucional o invalida o ineficaz ante cualquier tribunal de jurisdiction competente, tal decision no afectara la validez o eficacia de las partes restantes de esta Ordenanza o cualquier parte de la misma. El Consejo Municipal de la Ciudad de Lodi por el presente manifiesta que habria aprobado cada seccion, subseccion, subdivision, parrafo, oracion, clausula o frase de la misma, independientemente del hecho de que cualquier, ya sea una o mas sectiones, subsecciones, subdivisiones, parrafos, oraciones, clausulas o frases sean declaradas inconstitucionales, invalidas o ineficaces. Epigrafe 6. No hay Deber de Proteger Obligatorio. Esta ordenanza no pretende ni debe de interpretarse o darsele efecto de manera que se imponga sobre la Ciudad o cualquier funcionario o empleado de la misma, un deber obligatorio de cuidado hacia las personas o propiedades dentro del Municipio o fuera de la Ciudad con el fin de proporcionar un fundamento de responsabilidad civil para danos, salvo a lo que establece la ley. Epigrafe 7. CEQA. Esta Ordenanza esta exenta de los requisitos de la Ley de Calidad Medioambiental de California (CEQA siglas en ingles) conforme al Articulo 15060(c)(2) del Codigo Gubernamental (la actividad no resultara en cambios fisicos al medioambiente razonablemente previsibles ya sea directamente o indirectamente), el Articulo 15060(c)(3) (la actividad no es un proyecto segun se define en el Articulo 15378), y el Articulo 15061(b)(3) de Pautas de la Ley de Calidad Medioambiental de California (CEQA), Titulo 14, Capitulo 3 del Codigo de Regulaciones de California, porque no tiene el potencial de ocasionar un efecto significativo sobre el medio ambiente. Epig afe 8. Conflicto. Todas las ordenanzas y partes de las ordenanzas en conflicto adheridas son derogadas si acaso existe tal conflicto Epigrafe 9. Fecha Vigente. Esta Ordenanza se publicara una vez en el diario de circulation general, imprimida y publicada en la Ciudad de Lodi "Lodi News Sentinel," y entrara en vigor y tomara efecto el 7 de Abril de 2018. Aprobada este dia de , 2018 ALAN NAKANISHI Alcalde 4 Da fe: JENNIFER M. FERRAIOLO Actuaria Municipal Estado de California Condado de San Joaquin, ss. Yo, Jennifer M. Ferraiolo, Actuaria Municipal de la Ciudad de Lodi, por el presente certifico que la Ordenanza No. 1949 fue introducida en la junta regular del Consejo Municipal de la Ciudad de Lodi que se efectuo el 21 de Febrero de 2018, y a partir de alli aprobada y decretada para que se publicara en la junta regular del dicho Consejo, la cual se Ilevo acabo el 7 de Marzo de 2018, por el siguiente voto: A FAVOR: MIEMBROS DEL CONSEJO — Chandler, Johnson, and Mayor Nakanishi EN CONTRA: MIEMBROS DEL CONSEJO — Mounce AUSENTES: MIEMBROS DEL CONSEJO — Kuehne ABSTENIDOS: MIEMBROS DEL CONSEJO — Ninguno Ademas certifico que la Ordenanza No. 1949 fue aprobada y firmada por el Alcalde en la fecha de su aprobacion y la misma fue publicada conforme a la ley. Aprobada en su Redaccion: JANICE D. MAGDICH Fiscal Municipal 5 JENNIFER M. FERRAIOLO Actuaria Municipal Black Diamond Way eh - ▪ N 1 4]!iJ.y. Pkwy "I 2 Tr • ¢ -+_ • a — )S tPnu - - u5n9• `w '�. ''.5d! b S Ind'51 - ▪ l rn , I. c _4W S.r[zfitlll<[ r - j nirald,,aJ.§w u 4.:1 ---- , g� ��.tt t.v. '"a _Vont kerinea[ rnglyd Condor �Academy.5p4u: 'u..1�a Y r.S„Dwkt:i .4 *i l�- "¢ '' a VI' 13St ohrcu`y E'kn'+8j1,Pli'i•rhincv4rWl'nisrhyu, , LVll<gSzchem),.lId Woi RlonliVd'i . 5 SgtErc.k! 'p "asi fK. IonIn rryrtg. 1 ' tg!ourNrrilinnAl S • .mowN ' 4I�-Ay T 1S`-rnq}r.:,,4 •� ; H4l're Tnittia I.I!' ry _ fL- L• ' 1$b r tg n5urnulla.e. \ r t1,;: ai 0.,..1 ,a4 f. } IF rnq.11.19 alrn Q - . = ' is MO'S N 7,- Ig inngay y 1 . . _ F . < '-o---' Li - • I3rp, nu 4.1..- 1 • ''' • "ltmvl:!idr.y 1:4.' r n 11' .. ,a$ i$S:I< A 9I `�ky1 • 1 f >. ,w — , to n gCil{arma:5L , .^"_,lAIN, LIS4. ". ..,vv oI I 11.s,m cz�. „ lIlitchip.S►.. ..R � ' .: a arum Avg 15 T-.-G� Q j,. • f'i IA 4;26- c Cre evet A04-ptpiir,t•t•is 1 F. s.7rastintt - X A nAidAre Asci.. 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Census Block Wei iv it Dr Reynolds Ranch 1'k National Demographics Corporation, February 9, 2018 City of Lodi - Adopted Map 119d District 1 2 3 4 5 Total Ideal Total Pop 12,602 12,311 12,398 12,525 12,298 62,134 12,427 Deviation from ideal 175 -116 -29 98 -129 304 % Deviation 1.41% -0.93% -0.23% 0.79% -1.04% 2.45% Total Pop % Hisp 17% 30% 24% 72% 39% 36% % NH White 73% 63% 67% 16% 48% 53% %NH Black 1% 1% 1% 1% 1% 1% Asian -American 8% 4% 6% 100/o 9% 7% Citizen Voting Age Pop Total 9,548 8,878 9,267 4,147 8,163 40,003 Hisp 17% 16% 14% 50.6% 25% 21% % NH White 73% 77% 75% 35% 62% 68% %NHBIack 1% 10/0 1'o 2% 2°/o 1% Asian/Pac.Isl. 8% 50/0 9% 11% 9% 8% Voter Registration (Nov2016) Total 8,317 6,844 7,286 2,920 5,761 31,128 % Latino est. 13% 20% 17% 50% 30% 22% °/0 Asian -Surnamed 4% 3% 3% 8% 7% 5% %Filipino -Surnamed 1% 1% 1% 1% 1% 1% % NH White est. 74% 70% 75% 36% 55% 66% °A° NH Black 1% 1% 1% 1% 2% 1% Voter Turnout (Nov 2016) Total 6,653 5,027 5,440 1,643 4,005 22,768 Latino 12% 17% 15% 48% 27% 19% % Asian -Surnamed 4% 3% 3% 9% 6% 4% % Filipino -Surnamed 1% 1% 1% 1% 1% 1% % NH White est. 76% 72% 78% 38% 58% 70% NH Black 1% 1% 1% 1% 2% 1% Voter Turnout (Nov 2014) Total 4,321 3,027 3,285 669 2,280 13,581 . % Latino 9% 11% 9% 38% 17% 12% % Asian -Surnamed 4% 3% 3% 6% 5% 4% %Filipino -Surnamed 1% 1% 1% 1% 1% 1% 0/0 NH White est. 80% 80% 82% 47% 66% 77% % NH Black est. 0% 0% 1% 1% 3% 1% ACS Pop. Est. Total 13,165 12,481 12,899 11,985 12,904 63,434 Age age0-19 26% 27% 26% 39% 32% 30% age20-60 49% 49% 50% 51% 54% 50% age60plus 25% 24% 25% 10% 14% 20% Immigration immigrants 13% 11% 12% 39% 23% 19% naturalized 64% 57% 59% 23% 48% 43% Language spoken at home english 79% 79% 80% 27% 59% 66% Spanish 12% 15% 13% 62% 30% 25% asian-lang 4% 2% 2% 1% 4% 3% other Lang 5% 4% 6% 11% 8% 7% Language FluencySpeaks Eng. "Less than Very Well" 9% 9% 8% 40% 20% 16% Education (among those age 25+) - hs -grad 60% 70% 64°/o 49% 60% 62% bachelor - 19% 11% 16% 4% 9% 12% graduatedegree 11% 6% 8% 1% 50/0 7% Child in Household child-underl8 31% 29% 28% 48% 44% 35% Pct of Pop. Age 16+ employed 54% 55% 54% 50% 59% 54% Household Income income 0-25k 15% 25% 26% 430/o 23% 25% income 25-50k 19% 26% 28% 32% 27% 26% income 50-75k 21% 22% 17% 13% 20% 19% income 75-200k 38% 24% 26% 12% 28% 27% income 200k -plus 7% 3% 3% 0% 2% 3% Housing Stats single family 84% 79% 74% 55% 69% 74% multi -family 16% 21% 26% 45% 31% 26% rented 30% /o 42% 44% 71% 50% 46% owned 70% 58% 56% 29% 50% 54% Total population data from the 2010 Decennial Census. Surname -based Voter Registration and Turnout data from the California Sta ewide Database. Latino voter registration and turnout data are Spanish -surname counts adjusted using Census Population Department undercount estimates. NH White and NH Black registration and turnout counts estimated by NDC. Citizen Voting Age Pop., Age, Immigration, and other demographics from the 2011-2015 American Community Survey and Special Tabulation 5 -year dam. -