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HomeMy WebLinkAboutResolutions - No. 2017-223 (Spanish) ERRESOLUCION NO. 2017-223 UNA RESOLUCION DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LODI, EXPRESANDO LA INTENCI6N DEL CONSEJO DE ACUERDO AL ARTICULO 10010(e) (3) (A) DEL CODIGO DE ELECCIONES PARA INICIAR LOS PROCEDIMIENTOS PARA ESTABLECER E IMPLEMENTAR LAS ELECCIONES POR-DISTRITO PARA LA VOTACI6N DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO MUNICIPAL CONSIDERANDO QUE, Ia Ciudad de Lodi ("Ciudad") es una ciudad de derecho general, debidamente organizada conforme a Ia constitucion y las !eyes del Estado de California; y CONSIDERANDO QUE, cinco de los miembros del Consejo Municipal son actualmente elegidos en elecciones generales, en lo cual cada miembro del Consejo Municipal es elegido por electores inscritos en toda Ia Ciudad; y CONSIDERANDO QUE, Codigo Gubernamental, Articulo 34886, en ciertas circunstancias autoriza al organo legislativo de una ciudad de cualquier populacibn adoptar una ordenanza para cambiar su procedimiento de eleccion de un sistema de eleccion general a un sistema por distrito o a un sistema por distrito con un alcalde electivo sin Ia necesidad de presentar tal cambio a los electores; y CONSIDERANDO QUE, el 31 de Octubre de 2017, la Ciudad recibio una carta de El Fondo Mexico-americano de Defensa Legal y Educacion (MALDEF siglas en Ingles) afirmando que el sistema de elecciones generales de !a Ciudad resulta en Ia dilucion del voto latino e impide a los electores latinos a elegir candidatos de su eleccion, y, amenazando con tomar medidas en contra de Ia Ciudad segun Ia Ley de Derecho al Voto de California (CVRA siglas en Ingles), un periodo de menos de cuarenta y cinco (45) dias antes de Ia fecha de esta Resolucion; y CONSIDERANDO QUE, se establece una violacion del CVRA si se demuestra que una votacion polarizada racialmente acontece en las elecciones (Codigo de Elecciones §14028(a)). Una "votacion polarizada racialmente" significa una votacion en Ia cual hay una diferencia en Ia seleccion de candidatos u otras opciones electorales que sean optadas por los votantes dentro de una clase protegida y en Ia opcion de candidatos y las opciones electorales que sean preferidas por votantes en el resto del electorado (Codigo Electoral §14026(e)); y CONSIDERANDO QUE, aunque Ia carta de MALDEF no venia acompanada de ninguna evidencia para apoyar Ia queja de la violacion de CVRA, el Consejo Municipal ha determinado que lo mas conveniente para la Ciudad es cambiarse de su sistema de votacion actual de elecciones generales a una eleccion por distrito para Ia votacion de los miembros del Consejo Municipal, en apoyo al proposito de Ia Ley de Derecho al Voto y para evitar gastos asociados con defender una demanda basada en la CVRA, aun si ese Iitigio se soluciona, y CONSIDERANDO QUE, el Consejo Municipal le ha indicado al personal que inicie el proceso para la transicion del sistema de elecciones generales a un sistema de elecciones en base a distritos conforme a las normas de procedimiento descritas en el Codigo Gubernamental Articulo 34886 y el Articulo 10010 del Codigo de Elecciones; y CONSIDERANCO QUE, Ia Ciudad empezara a trabajar con un demografo expert() para asistirle a Ia Ciudad a instaurar mapas para el sistema electoral de elecciones por-distrito; y CONSIDERANDO QUE, antes de disenar un boceto del mapa de las demarcaciones sugeridas de los distritos, Ia Ciudad tendra por lo menos dos (2) audiencias publicas por un periodo maxima de treinta (30) dias, momento en el cual los ciudadanos estan invitados a aportar sugerencias referente a la composicion de los distritos; y CONSIDERANDO QUE, Ia Ciudad publicara y hara disponible por to menos un (1) boceto del mapa de los nuevos distritos electorales, incluyendo el orden posible de las elecciones; y CONSIDERANDO QUE, una vez que el boceto del mapa haya sido publicado por to menos siete (7) dias, Ia Ciudad tendra por lo menos dos (2) audiencias publicas adicionales, durante el transcurso de no mas de cuarenta y cinco (45) dias, momento en el cual el publico esta invitado a aportar sugerencias referente al contenido del boceto del mapa y al orden sugerido de las elecciones antes de Ia audiencia publica en la cual el Consejo Municipal contemplara !a adopcion del mapa; y CONSIDERANDO QUE, si el boceto del mapa es modificado durante o despues de una audiencia publica, el mapa corregido sera publicado y se le hard disponible al publico por lo menos siete (7) dias antes de que la Ciudad opte por adoptarlo; y CONSIDERANDO QUE, al determinar el orden final de las elecciones escalonadas en los distritos, el Consejo Municipal le darn consideraci6n especial a los prop6sitos de la Ley de Derecho al Voto de California, y tomara en cuenta las preferencias expresadas por los miembros de los distritos. AHORA, POR LO TANTO, SE RESUELVE, por el Consejo Municipal de la Ciudad de Lodi, to siguiente, Epigrafe 1. Los considerandos anteriores estan correctos y son verfdicos y se incorporan a este documento mediante a esta referencia. Epigrafe 2. Por la presente, el Consejo Municipal resuelve, conforme al C6digo de Elecciones, Articulo 10010, adoptar un sistema de elecciones por distrito por ordenanza como lo autoriza el C6digo Gubernamental de California Articulo 34886, para el use de las Elecci6n Municipal General de la Ciudad para la votaci6n de los miembros del Consejo Municipal. Epigrafe 3. El consejo Municipal resuelve ademas contratar un dem6grafo competente, tener por lo menos cinco (5) audiencias publicas y publicar por lo menos un (1) boceto del mapa y orden escalonada, conforme al calendario de las audiencias propuestas y anexo a esto como "Prueba A". Epigrafe 4. La empresa de consultoria de reestructuraci6n/demografia de la Ciudad, actuando con la supervision del Fiscal Municipal, por el presente, esta autorizada a dirigir y formular una situaci6n hipotetica o mas de los distritos electorales para la revision del Consejo Municipal y del publico en dos o mas audiencias publicas, segun sea necesario, de acuerdo al plazo sugerido Epigrafe 5. Para colaborar con la empresa consultoria de demografia, se le ha instruido al personal que publique mapas relevantes, informaci6n, avisos y orden del dia, y cualquier otro material referente a las elecciones por distrito y que establezcan un medio de comunicaci6n para contestar preguntas del publico. Epigrafe 6. Todas las audiencias publicas deben ser comunicadas de la manera siguiente: publicarlas en el sitio web de la Ciudad por to menos diez (10) dias corridos antes de la audiencia y publicarlas en la prensa por lo menos diez dias antes de la audiencia, adjudicando a proveer anuncio dentro del municipio. Epigrafe 7. El Fiscal del Municipio y el Administrador de la Ciudad estan autorizados a tomar cualquier y toda medida necesaria para poner en vigor esta Resoluci6n. Epigrafe 8. Esta Resoluci6n entrara en vigor inmediatamente tras su aprobaci6n. Fechado: 12 de Diciembre de 2017 Por el presente certifico que la Resoluci6n No. 2017-223 fue aprobada y adoptada por el Consejo Municipal de Lodi durante una junta especial que se Ilev6 acabo el 12 de Diciembre de 2017 por el siguiente voto: A FAVOR: MIEMBROS DEL CONSEJO — Johnson, Kuehne, Mounce, and Mayor Nakanishi EN CONTRA: MIEMBROS DEL CONSEJO — Chandler AUSENTES: MIEMBROS DEL CONSEJO — Nadie ABSTENIDOS: MIEMBROS DEL CONSEJO — Nadie DESCALIFICADOS: MIEMBROS DEL CONSEJO — Nadie JENNIFER M. FERRAIOLO Actuaria Municipal 2017-223 PRUEBA "A" LEY DE DERECHO AL VOTO DE CALIFORNIA (CVRA) CRONOLOGIA DE LOS DISTRITOS ELECTORALES La Ciudad recibe una carta alegando la violacion de la Ley de Derecho al Voto de California 31de Octubre de 2017 Junta Especial: El Consejo Municipal adopta Ia resolucion exponiendo la intencion y plazo para adoptar las elecciones por-distrito. 12 de Diciembre de 2017 Audiencia Publica: Descripcion general del proceso y las demograficas de la Ciudad. Recopilar aportaciones del publico para que sean utilizadas al establecer opciones para las demarcaciones de los distritos. Adoptar una resolucion exponiendo criterios permisivos y obligatorios. 20 de Diciembre de 2017 Audiencia Publica: segunda audiencia para recopilar aportaciones del publico para que sean utilizadas para establecer opciones para las demarcaciones de distritos. 17 de Enero de 2018 Boceto del mapa estan disponibles para revision publica En esta fecha o antes del 23 de Enero de 2018 Audiencia Publica: La primer audiencia publica para dialogar y obtener comentarios del publico sobre el boceto del mapa y Ia secuencia propuesta de las elecciones. 31 de Enero de 2018 Audiencia Publica: Segunda audiencia publica para dialogar y obtener comentarios del publico sobre el boceto del mapa y Ia secuencia propuesta de las elecciones. 7 de Febrero de 2018 Publicar el mapa final para que el publico lo revise. 10 de Febrero de 2018 Audiencia Publica: Audiencia publica para dialogar y obtener comentarios del publico sobre el mapa final y la secuencia propuesta de las elecciones. Presentar una ordenanza para la primera lectura, instituyendo demarcaciones de los distritos y la transiciOn del plan/secuencia de las elecciones. 21 de Febrero de 2018 Audiencia Publica: Segunda lectura y Ia adopcion de Ia ordenanza instituyendo los mapas de los distritos y la transicibn del plan/secuencia de las elecciones. 7 de Marzo de 2018 Todas las audiencias publicas se Ilevaran a cabo durante las juntas del Consejo Municipal iniciando a las 7:OOp.m en la Camara del Consejo Municipal, Carnegie Forum, 305 West Pine Street, Lodi, CA 95240.